Internet bajo nuevas reglas: Diputados aprueban responsabilidad para plataformas digitales

Diputados aprueban reforma al derecho de autor que aumenta responsabilidades de plataformas; oposición alerta por posibles efectos en Internet.

masclaro.mx
today 08/10/2026

Por Mario Victorino

 

La Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum, con la que se modifica el régimen de responsabilidad de los proveedores de servicios de Internet frente a infracciones cometidas por sus usuarios y se establecen nuevas obligaciones para combatir la violación reiterada de derechos de autor en plataformas digitales.

El dictamen fue aprobado en lo general con 325 votos a favor, 114 en contra y una abstención, mientras que en lo particular obtuvo 310 votos a favor y 97 en contra. La minuta fue enviada al Senado de la República para continuar con su proceso legislativo.

La reforma modifica el artículo 114 Octies y adiciona los artículos 114 Nonies y 232 Septies de la Ley Federal del Derecho de Autor. Uno de sus principales objetivos es establecer reglas para la llamada responsabilidad secundaria de los proveedores de servicios de Internet, particularmente cuando tengan conocimiento de infracciones, contribuyan a ellas o cuenten con capacidad para controlar al usuario infractor y obtengan un beneficio financiero directo de esa conducta.

El debate en San Lázaro fue especialmente tenso porque la oposición agrupó las nuevas disposiciones bajo el nombre de “Ley Antimemes” y sostuvo que podrían provocar censura o afectar la libertad de expresión. Desde Morena y el PT rechazaron esa interpretación y acusaron a sus adversarios de difundir información falsa o engañosa sobre los alcances del proyecto.

 

¿Qué cambia con el llamado “puerto seguro”?

Uno de los puntos centrales de la reforma es el ajuste al denominado “puerto seguro”, régimen que limita la responsabilidad de los proveedores de servicios de Internet por los contenidos que circulan a través de sus redes o sistemas.

La modificación busca que esa protección no opere de manera automática. Para conservarla, los proveedores deberán contar con una política pública y conocida por sus usuarios que contemple la suspensión o terminación del servicio para quienes incurran reiteradamente en infracciones a los derechos de autor.

La lógica de la reforma es establecer una diferencia entre las plataformas o proveedores que cumplen con mecanismos para combatir infracciones recurrentes y aquellos que, teniendo conocimiento de determinadas conductas, contribuyan a ellas, las induzcan o puedan controlarlas y obtengan un beneficio económico directamente relacionado con la infracción.

El proyecto, por tanto, no establece que una plataforma sea automáticamente responsable por todo lo que publiquen sus usuarios. La responsabilidad secundaria depende de que se actualicen determinados supuestos contemplados en el nuevo marco legal.

 

Multas de hasta 40 mil UMA: así funcionará el esquema

Uno de los cambios que más impacto puede tener para quienes infrinjan derechos de autor es el régimen de sanciones económicas, cuya aplicación corresponde al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).

El esquema contempla multas escalonadas de acuerdo con la naturaleza y gravedad de la conducta. Las sanciones pueden ir desde 500 hasta 40 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), además de incrementarse en determinados casos de reincidencia.

La sanción de 5 mil a 40 mil UMA contempla conductas como comunicar, poner a disposición o utilizar públicamente una obra protegida sin autorización del autor o del titular del derecho patrimonial.

En esa misma franja se ubican conductas relacionadas con grabar, reproducir, distribuir o comercializar copias de obras, fonogramas, videogramas o libros sin autorización, así como vender o transportar obras deformadas o mutiladas sin consentimiento. También se contempla dentro de este rango la fabricación o distribución de dispositivos destinados a desactivar mecanismos de protección electrónica de programas de cómputo.

Para quienes retransmitan o difundan sin autorización emisiones de organismos de radiodifusión, la sanción prevista se ubica entre mil y 5 mil veces la UMA.

Cuando la infracción tenga una escala comercial o industrial, la multa puede ubicarse entre 500 y mil veces la UMA.

A estas sanciones se puede añadir una multa de 100 a 500 veces la UMA para los casos de reincidencia, de acuerdo con los supuestos contemplados en el nuevo régimen.

El objetivo de este esquema no es únicamente castigar una infracción una vez que ocurrió, sino generar incentivos para que los proveedores establezcan mecanismos de prevención y suspensión frente a usuarios que violen reiteradamente los derechos de autor.

La discusión legislativa también ha señalado que las sanciones para los proveedores que no implementen las medidas correspondientes pueden alcanzar alrededor de 4.6 millones de pesos, dependiendo del valor vigente de la UMA y del supuesto jurídico aplicable.

 

Plataformas tendrán que actuar contra usuarios reincidentes

Uno de los elementos centrales del nuevo esquema es precisamente la obligación de establecer políticas de suspensión y cancelación para usuarios reincidentes.

La intención es evitar que una persona pueda utilizar de manera reiterada una misma plataforma para distribuir, reproducir o poner a disposición contenidos protegidos sin autorización, aun después de haber sido advertida de la infracción.

El proveedor tendrá que hacer públicas sus reglas y comunicar a los usuarios las condiciones bajo las cuales puede suspenderse o terminarse el servicio.

De esta manera, la reforma busca trasladar parte de la responsabilidad hacia los intermediarios digitales, pero bajo condiciones específicas. La existencia de una infracción cometida por un usuario no significa, por sí sola, que el proveedor de Internet sea responsable automáticamente.

La responsabilidad secundaria aparece cuando se configuran los supuestos establecidos por la legislación, entre ellos tener conocimiento directo de la infracción y contribuir, inducirla o provocarla, o contar con capacidad de control sobre el usuario infractor y obtener un beneficio financiero directo derivado de esa conducta.

 

Oposición acusa censura y advierte por memes y parodias

Durante el debate en San Lázaro, las bancadas del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano rechazaron el dictamen y utilizaron de manera recurrente el término “Ley Antimemes” para referirse a la reforma.

Los legisladores opositores argumentaron que las nuevas obligaciones podrían llevar a las plataformas a retirar contenidos de manera preventiva para evitar sanciones y que ello podría afectar a periodistas, caricaturistas, creadores de contenido y usuarios de redes sociales.

El panista Marcelo Torres Cofiño calificó la propuesta como una supuesta “ley mordaza” y sostuvo que podría utilizarse para censurar contenidos en Internet. Otros legisladores plantearon que las plataformas podrían preferir eliminar publicaciones ante el riesgo de recibir sanciones.

El argumento central de la oposición fue que, aunque formalmente la reforma se presenta como una protección de los derechos de autor, las nuevas obligaciones podrían generar un incentivo para que empresas privadas retiren contenido antes de que exista una resolución definitiva sobre una infracción.

Estas advertencias forman parte del debate político y jurídico sobre la reforma; no equivalen a que el texto aprobado establezca una prohibición general de memes, sátira o crítica política.

 

Morena y PT acusan a la oposición de difundir desinformación

Frente a las críticas, integrantes de Morena y del PT acusaron a la oposición de presentar una interpretación que, desde su perspectiva, desinforma sobre el contenido real de la reforma.

El coordinador de los diputados del PT, Reginaldo Sandoval, sostuvo durante el debate que el propósito del dictamen es actualizar la legislación en materia de derechos de autor frente al entorno digital y establecer reglas específicas de responsabilidad secundaria para los proveedores de Internet.

El legislador rechazó que la reforma constituya una norma contra los memes y afirmó que se estaban difundiendo “falsedades, mentiras y engaños” sobre sus alcances. En el mismo sentido, el morenista Jesús Valdés Peña sostuvo que no existe una “Ley Censura” y defendió la existencia de mecanismos para que proveedores, usuarios y creadores puedan recurrir las decisiones que correspondan.

La discusión, así, quedó dividida entre dos interpretaciones. La oposición sostiene que las nuevas obligaciones pueden producir censura indirecta o preventiva porque las plataformas tendrían incentivos para retirar contenidos; el oficialismo responde que esa lectura exagera los alcances del dictamen y que el propósito real es combatir la violación reiterada de derechos de autor.

 

La confusión entre dos reformas alimentó el debate

Parte de la controversia pública también se relacionó con la existencia de dos procesos legislativos distintos que fueron identificados en el debate político y mediático como “Ley Antimemes”.

Por un lado está la reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor, aprobada por la Cámara de Diputados el 7 de octubre, que establece la responsabilidad secundaria de proveedores de Internet y nuevas reglas frente a infracciones de derechos de autor.

Por otro lado, el Senado había aprobado días antes modificaciones a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y al Código Penal Federal, relacionadas con la protección de símbolos institucionales y determinadas conductas realizadas con fines de fraude o engaño. Esa reforma también fue denominada “Ley Antimemes” por sus críticos.

La propia presidenta Claudia Sheinbaum rechazó previamente que la legislación de propiedad industrial prohibiera los memes y calificó como falsa esa interpretación. Explicó que las disposiciones se relacionaban con el uso de símbolos oficiales y determinadas conductas con fines ilícitos, no con una prohibición general de memes o publicaciones en redes sociales.

Esta distinción resulta relevante porque no todas las sanciones que circularon en redes sociales durante las últimas semanas corresponden al mismo dictamen.

 

¿La reforma prohíbe los memes?

No existe en el dictamen aprobado por Diputados una disposición que establezca de manera general que los memes quedan prohibidos.

El punto central es otro: la utilización no autorizada de obras protegidas por derechos de autor y la responsabilidad de los proveedores de Internet frente a infracciones reiteradas.

Esto no significa que cualquier contenido digital quede automáticamente fuera del alcance de la legislación de derechos de autor. Una fotografía, ilustración, video, grabación musical u otra obra protegida puede estar sujeta a las reglas correspondientes cuando se utiliza sin autorización y fuera de las excepciones previstas en la legislación.

La controversia está en determinar cómo deberán actuar las plataformas ante esas reclamaciones y hasta qué punto las nuevas obligaciones pueden generar retiros preventivos de contenido.

Por eso, aunque el término “Ley Antimemes” se ha instalado en el debate político, presentar la reforma como una prohibición absoluta de memes sería una simplificación del contenido del dictamen.

 

El argumento de la libertad de expresión permanece abierto

La reforma coloca nuevamente frente a frente dos objetivos: la protección de los derechos de autor y la preservación de la libertad de expresión en Internet.

La oposición sostiene que las plataformas podrían retirar publicaciones para protegerse frente a multas y responsabilidades. El oficialismo sostiene que la reforma no elimina la libertad de expresión y que las obligaciones están dirigidas contra infracciones de propiedad intelectual.

Incluso dentro de la mayoría legislativa hubo una voz que expresó reservas. La diputada y ministra en retiro Olga Sánchez Cordero se abstuvo en la votación en lo general y señaló que algunas disposiciones son demasiado abiertas y podrían dejar un margen amplio de discrecionalidad para la autoridad administrativa sancionadora.

Ese elemento muestra que el debate no quedó reducido únicamente a una confrontación entre gobierno y oposición. También existen cuestionamientos jurídicos sobre la precisión de algunas disposiciones y sobre la manera en que se aplicarán en la práctica.

 

¿Qué sigue para la reforma?

Después de su aprobación en la Cámara de Diputados, la minuta fue enviada al Senado, donde continuará el proceso legislativo. La votación se produjo después de casi seis horas de debate y de que las bancadas de oposición intentaran frenar o modificar distintos aspectos del dictamen.

Si el Senado avala la minuta en los términos correspondientes y concluye el procedimiento legislativo, las nuevas reglas establecerán un marco más exigente para los proveedores de servicios de Internet, particularmente frente a usuarios reincidentes en infracciones de derechos de autor.

El verdadero impacto de la reforma dependerá entonces de su aplicación: qué contenidos serán denunciados, cómo responderán las plataformas, qué criterios utilizarán las autoridades y cómo se resolverán las controversias entre titulares de derechos, usuarios y proveedores.

Por ahora, el dato legislativo es claro: Diputados aprobó un nuevo régimen de responsabilidad secundaria y sanciones en materia de derechos de autor, mientras que la discusión política continúa alrededor de si esas herramientas fortalecerán la protección de los creadores o generarán incentivos para retirar contenidos de Internet antes de que exista una resolución definitiva.